¿Qué son los derechos de autor en la música y cómo cobrarlos?

 

Si eres músico, compositor o letrista, seguramente te interesa saber cómo proteger tu obra y obtener beneficios económicos por su uso. Para ello, debes conocer los conceptos de derechos de autor y regalías musicales.

 

Los derechos de autor son el conjunto de normas que reconocen y protegen los derechos morales y patrimoniales de los creadores de obras artísticas, literarias o científicas. En el caso de la música, los derechos de autor se aplican a las composiciones musicales y a las letras de las canciones.

 

Las regalías musicales son los pagos que reciben los titulares de los derechos de autor cuando su obra es utilizada por terceros. Por ejemplo, cuando tu canción se reproduce en una plataforma de streaming, se emite en una radio o se sincroniza con una película o un videojuego.

 

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Tipos de derechos musicales

 

Existen dos tipos principales de derechos musicales: los derechos fonográficos y los derechos editoriales.

 

Los derechos fonográficos son los que corresponden a la grabación original de una canción. Estos derechos pertenecen al artista que la interpreta, al productor que la realiza o a la discográfica que la financia. Los titulares de los derechos fonográficos pueden autorizar o prohibir la reproducción, distribución, comunicación pública o transformación de su grabación.

 

Los derechos editoriales son los que corresponden a la composición musical y a la letra de una canción. Estos derechos pertenecen al compositor y al letrista, que pueden ser la misma persona o diferentes. Los titulares de los derechos editoriales pueden autorizar o prohibir el uso de su obra en cualquier formato o medio.

 

¿Cómo registrar una canción?

 

Para poder cobrar regalías por tu música, lo primero que debes hacer es registrar tu canción. De esta forma, podrás demostrar que eres el autor o el propietario de los derechos y evitar posibles plagios o conflictos legales.

 

Existen diferentes formas de registrar una canción, dependiendo del país donde residas y del tipo de derecho que quieras proteger.

 

Registrar una canción en España

 

En España, puedes optar por el método tradicional y registrar tu canción mediante partitura con acordes, melodía y letra en el Registro de la Propiedad Intelectual1 o realizarlo de forma digital a través de una plataforma online alternativa como safecreative.com2.

 

El Registro de la Propiedad Intelectual es un organismo público dependiente del Ministerio de Cultura y Deporte que tiene como función inscribir las obras originales y conceder certificados que acrediten la autoría, la fecha y el contenido de las mismas.

 

Para registrar tu canción en el Registro de la Propiedad Intelectual debes seguir estos pasos:

 

  • Rellenar el formulario correspondiente según el tipo de obra que quieras registrar (música con letra, música sin letra o letra sin música).

 

  • Adjuntar una copia impresa o digitalizada de tu obra (partitura con acordes, melodía y letra).

 

  • Pagar la tasa correspondiente según el tipo y el número de obras que quieras registrar.

 

  • Presentar la solicitud presencialmente en el Registro Central o en cualquiera de sus Oficinas Provinciales, o bien telemáticamente mediante certificado digital válido.

 

El registro tiene una validez indefinida y no requiere renovación. El plazo para obtener el certificado es de unos 10 días hábiles si se hace presencialmente y de unos 20 días hábiles si se hace telemáticamente.

 

Safecreative.com es una plataforma online alternativa que ofrece un servicio gratuito y rápido para registrar tus obras creativas. Con esta plataforma puedes obtener un certificado digital que acredita tu autoría, fecha y contenido de tu obra.

 

Para registrar tu canción en safecreative.com debes seguir estos pasos:

 

  • Crear una cuenta gratuita en la plataforma.

 

  • Subir tu obra en formato mp3, wav o pdf.

 

  • Elegir el tipo de licencia que quieres aplicar a tu obra (por ejemplo, Creative Commons o All Rights Reserved).

 

  • Obtener el certificado digital que se genera automáticamente y que puedes descargar o enviar por correo electrónico.

 

El registro tiene una validez de 5 años y se puede renovar gratuitamente. El plazo para obtener el certificado es inmediato.

Registrar una canción en otros países

 

Si quieres registrar tu canción en otros países, debes consultar las normas y los procedimientos específicos de cada uno. Algunos ejemplos son:

 

  • En Estados Unidos, puedes registrar tu canción en la Oficina de Derechos de Autor del gobierno estadounidense3. Debes rellenar una solicitud online, pagar una cuota de 35 dólares y subir una copia electrónica de tu obra.

 

  • En México, puedes registrar tu canción en el Instituto Nacional del Derecho de Autor4. Debes rellenar un formato de registro, pagar una cuota de 242 pesos y presentar una copia impresa o digitalizada de tu obra.

 

  • En Argentina, puedes registrar tu canción en la Dirección Nacional del Derecho de Autor5. Debes rellenar un formulario, pagar una tasa de 150 pesos y adjuntar una copia impresa o digitalizada de tu obra.

 

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¿Cómo cobrar regalías por tu música?

 

Una vez que hayas registrado tu canción, podrás cobrar regalías por su uso. Sin embargo, no basta con registrarla, también debes afiliarte a una entidad de gestión colectiva que se encargue de recaudar y distribuir los derechos que te corresponden.

 

Una entidad de gestión colectiva es una organización sin ánimo de lucro que representa a los titulares de los derechos musicales y negocia con los usuarios (plataformas de streaming, radios, televisiones, etc.) las condiciones y las tarifas por el uso de sus obras.

 

Existen diferentes entidades de gestión colectiva según el tipo de derecho que gestionan. Algunas ejemplos son:

 

  • SGAE: Sociedad General de Autores y Editores. Gestiona los derechos editoriales de los autores y editores musicales en España y en otros países.

 

  • AIE: Artistas Intérpretes o Ejecutantes. Gestiona los derechos fonográficos de los artistas intérpretes o ejecutantes musicales en España y en otros países.

 

  • AGEDI: Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales. Gestiona los derechos fonográficos de los productores musicales en España y en otros países.

 

  • ASCAP: American Society of Composers, Authors and Publishers. Gestiona los derechos editoriales de los autores y editores musicales en Estados Unidos y en otros países.

 

  • BMI: Broadcast Music Inc. Gestiona los derechos editoriales de los autores y editores musicales en Estados Unidos y en otros países.

 

  • SOUNDEXCHANGE: Gestiona los derechos fonográficos de los artistas intérpretes o ejecutantes y los productores musicales en Estados Unidos y en otros países.

 

Para cobrar regalías por tu música, debes afiliarte a la entidad o entidades que correspondan según el tipo de derecho que poseas y el país donde residas o donde se utilice tu obra. Cada entidad tiene sus propios requisitos, condiciones y tarifas para afiliarse.

 

Una vez afiliado, debes declarar tus obras ante la entidad o entidades correspondientes para que puedan identificarlas y monitorizar su uso. También debes informar sobre cualquier cambio o novedad que afecte a tus obras o a tus derechos.

 

La entidad o entidades se encargarán de recaudar las regalías que te correspondan según el uso que se haya hecho de tus obras y te las pagarán periódicamente según sus criterios y normativas.

 

Conclusión

 

Registrar tus canciones es un paso fundamental para proteger tu obra y cobrar regalías por su uso. Existen diferentes formas de registrar tus canciones según el país donde residas y el tipo de derecho que quieras proteger. También debes afiliarte a una entidad de gestión colectiva que se encargue de recaudar y distribuir los derechos que te corresponden.

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